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Mostrando entradas de febrero, 2009

INFORME A SUNAT SOBRE DONACIONES RECIBIDAS EN EL 2008

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Mediante Res. 055-2009-SUNAT (El Peruano 21.02.09), la SUNAT ha aprobado las disposiciones para que los donatarios informen sobre la aplicación de los fondos y bienes recibidos por concepto de donaciones. - El informe se efectuará mediante formulario virtual 570. - Deberá de informarse las donaciones recibidas en dinero, títulos valores, bienes muebles e inmuebles, recibidos en el año anterior, por donante y que superen media UIT. Las donaciones recibidas en el 2008 serán declarados de acuerdo al cronograma entre el 4 de mayo al 7 de mayo de 2009, según el último digito del RUC de la entidad que recibió la donación. Conforme a la Ley del Impuesto a la Renta, las entidades autorizadas a recibir donaciones, deducible de la renta neta de las empresas donantes, entre otras, son: entidades públicas, asociaciones de beneficencia, asistencia o bienestar social, educación, culturales, deportivas, salud, etc.

SUNAT FIJA NORMAS PARA EL PAGO DEL IMPUESTO A LA RENTA POR VENTA DE INMUEBLES 2009

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El 23 de enero se ha publicado en El Peruano la Res. 014-2009-SUNAT, con la cual SUNAT aprueba las normas para los pagos con carácter definitivo del impuesto a la renta de segunda categoría por enajenación de inmuebles o derechos sobre los mismos. - El impuesto por la transferencia de inmuebles a cargo del vendedor – persona natural – efectuado desde el 1° de enero 2009 es equivalente al 5% de la ganancia de capital (precio de venta menos costo computable) y tiene carácter definitivo. - El impuesto es pagado en los bancos mediante el sistema de “pago fácil”. - Al banco se debe proporcionar número de RUC, periodo, código 3021, importe a pagar, entre otros. - El pago debe efectuarse hasta el mes siguiente a la transferencia, de acuerdo al cronograma mensual de SUNAT (según último dígito del RUC). - La constancia de pago del impuesto debe presentarse al notario, Formulario 1662 – Boleta de Pago – que entrega el banco al recepcionar el pago del impuesto. - Los notarios deberán de exigir la

FELIZ SAN VALENTIN .....

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Hace ochocientos años antes que se estableciera la festividad de San Valentín, los romanos celebraban un ritual, en honor al dios Lupercus, consistía en una especie de lotería en la que elegían al azar de una caja el nombre de una muchacha adolescente que sería su pareja durante el año siguiente. El Papa Gelasius para anular dicha fiesta pagana pidió un cambio en la lotería. En lugar de los nombres de mujeres jóvenes la caja contendría nombres de Santos a los que tendrían que emular durante el siguiente año, lo que no era del agrado de los jóvenes. En lugar del dios Lupercus la iglesia buscaba un santo que lo sustituyera. Ellos creyeron que San Valentín era el apropiado, ya que el Emperador Claudio había prohibido el matrimonio entre los hombres jóvenes de su imperio, pero Valentín sin hacer caso los casaba en secreto a los que se llegaban hasta él. Cuando Claudio averiguo esto intento convertir a Valentín en pagano. Pero Valentín invirtió la estrategia tratando de convertir a Claudio,

SENATI TENDRÁ ESCUELA DE CHOFERES PARA TRANSPORTE

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Hoy viernes 13 de febrero se ha publicado en El Peruano la RD. Nº 11700-2008-MTC, mediante la cual se otorga al SENATI autorización como Escuela de Conductores Integrales, a fin de brindar conocimientos teóricos – prácticos, destrezas y habilidades para conducir vehículos motorizados de transporte terrestre, tanto de pasajeros como de carga. Los cursos generales que dictará el SENATI, entre otros son: enseñanza del Reglamento Nacional de Tránsito, técnicas de conducción a la defensiva, funcionamiento y mantenimiento de vehículos, sensibilización sobre accidentes de tránsito, primeros auxilios, mecánica automotriz, etc. Los cursos específicos para el transporte de mercancías serán: urbanidad y trato al público, principios de salud ocupacional en el transporte, normas que regulan el transporte de mercancías, pesos y dimensiones máximas permitidas, manejo correcto de la carga, mecánica automotriz avanzada, normas tributarias para el traslado de mercancías (comprobantes de pago y guías de

PAUTAS PARA DETERMINAR VALOR EN LOS PRODUCTOS DIGITALES

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Mediante Circular Nº 001-209/SUNAT/A (El Peruano: 28.01.2009) se han establecido las pautas para la determinación del Valor en Aduana de medios portadores que contienen productos digitales y para su declaración en el ejemplar B de la DUA Se adecúan los procedimientos al D.S. Nº 004-2009-EF (13.01.2009) con el cual se estableció, entre otros: Son productos digitales los programas de cómputo, textos, videos, imágenes, grabaciones de sonidos y otros, codificados digitalmente. La importación o exportación de productos digitales no está gravada con derechos arancelarios, derechos u otras cargas. El medio portador es cualquier objeto físico diseñado para almacenar productos digitales, para su posterior percepción, reproducción o comunicación, directa o indirecta. (medio óptico, disquete, cinta magnética, entre otros). Para determinar el valor en aduana del medio portador que contenga productos digitales se tomará en consideración únicamente el costo o el valor del medio portador, independien

OF RETURN ....

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I am going to pass for the Life a single time: Therefore any good thing that I can do or some amiability that can do him to some human Being, I should do it Now... Because not I will pass again around here Teresa de Calcuta of return of some deserved holidays ..... extrañe mucho

DE REGRESO .....

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Voy a pasar por la vida una sola vez: Por eso cualquier cosa buena que yo pueda hacer o alguna amabilidad que pueda hacerle a algún ser humano, debo hacerlo Ahora ... Por que no pasaré de nuevo por aquí. Teresa de Calcuta De regreso de unas merecidas vacaciones .... miss a lot.